ACUERDO de 13 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran días inhábiles en la Comunidad de Madrid desde el 13 al 26 de marzo de 2020. Comunidad Madrid (BOCM 13-03-2020)
Declarada por la Organización Mundial de la Salud el brote de SARS-CoV-2 como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Española, el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública; el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el artículo 54.2 d) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, y el artículo 55 b) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, la Comunidad de Madrid ha adoptado diversas medidas preventivas encaminadas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.
Así, mediante Resoluciones de 6 de marzo de 2020, de la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, se adoptaron medidas en materia de salud pública en relación con la actividad de los centros de mayores, en las tipologías de hogares y clubes y servicios de convivencia familiar y social y en relación con las actividades formativas de los centros sanitarios.
Mediante las Órdenes 338/2020, de 9 de marzo, 344/2020, de 10 de marzo, y 348/2020, de 11 de marzo, de la Consejería de Sanidad, se han adoptado medidas, respectivamente, en el ámbito docente, en materia de transporte regular de viajeros y en el ámbito deportivo, cultural, turístico y de formación. Asimismo, se han formulado una serie de recomendaciones en diferentes ámbitos, como el laboral, dirigidas a la población.
El artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el cómputo de los plazos administrativos. Con el fin de establecer una seguridad jurídica ante la situación sanitaria excepcional en el ámbito de la Comunidad de Madrid, se hace preciso declarar, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid, como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo de 2020, ambos inclusive.
En su virtud, de conformidad con el artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del presente Acuerdo y, a propuesta de la Consejería de Presidencia, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de marzo de 2020,
ACUERDA
Primero
Declarar, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid, como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo de 2020, ambos inclusive.
Segundo
Esta declaración de días inhábiles será de aplicación a los plazos computados por meses.
Tercero
Este Acuerdo puede ser objeto de prórroga.
Cuarto
El presente Acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y producirá efectos desde su adopción hasta las 0:00 horas del día 26 de marzo de 2020.
Madrid, a 13 de marzo de 2020.
La Consejera de Presidencia, EUGENIA CARBALLEDO BERLANGA
La presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO